Chihuahua.- De manera virtual, el congreso estatal aprobó arrestos hasta por 12 horas y multas de cinco a 15 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), aplicables cuando alguna persona se rehúse a portar cubrebocas o incurra en actos de violencia por este motivo.
Asimismo, la autoridad competente podrá aplicar las sanciones previstas, que van desde la amonestación con apercibimiento, entrega de material médico, trabajo comunitario, multa, clausura temporal, parcial o total y arresto hasta por 12 horas, establece el acuerdo aprobado con 22 votos a favor, 3 en contra y una abstención.
En lo relativo a las multas, el dictamen determina que en el caso de propietarios o administradores de los establecimientos comerciales, industriales, empresariales, de negocios o de servicios previsto en el artículo 12, será de hasta 15 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA). En los demás casos será hasta 5 veces el valor diario de la dicha Unidad.
Cuando alguna persona se rehúse a portar cubrebocas o incurra en actos de violencia por este motivo, la autoridad competente podrá aplicar las sanciones previstas, que van desde la amonestación con apercibimiento, entrega de material médico, trabajo comunitario, multa, clausura temporal, parcial o total y arresto hasta por 12 horas.
Las disposiciones tendrán vigencia mientras se mantenga la emergencia sanitaria ocasionada por la enfermedad COVID-19, mediante declaratoria expresa de la autoridad sanitaria estatal.
La ley considera además que los ayuntamientos deberán expedir o adecuar en un plazo máximo de diez días hábiles posteriores a su entrada en vigor, las disposiciones necesarias para su adecuado cumplimiento.
Lo recaudado por concepto de multas, se integrará a un Fondo para la adquisición y entrega de cubrebocas, que será administrado de acuerdo con el reglamento correspondiente.
